PARTE II – marzo 19-26
Por: Pedro Aragón C.
En la parte I escrita sobre este tema, en breves notas vimos que a la actual banca
central la ha precedió un largo periodo de nuestra historia republicana que refleja
desorden monetario y carencia de un técnico sistema bancario en su evolución. En
el siglo XX no se había separado de los problemas políticos, ejemplos como la
quiebra del banco López, los sucesos del banco Grancolombiano, la reforma
constitucional del 1968, de fondo no cambió la influencia de la política pública en el
manejo del Banco.
La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de 1991 realizó una revisión política y
económica al Banco de la República, considerándose hasta ahora, la más
importante reforma a ese organismo. Previa la aprobación del texto final de la nueva
constitución y ante la historia de excesos y desorden en el sistema bancario el
delegado Carlos Ossa Escobar (miembro de la Comisión Quinta económica) pedía
establecer límites tanto al poder ejecutivo como al sector privado dominante. Decía1
:
“…para que las grandes decisiones en materia económica y social ciudadana en
este asunto en materia económica y social como la dirección del crédito, el uso del
dinero público, etc., no se sigan tomando a puerta cerrada en conventículos que se
arrogan la representación de los colombianos detrás de supuestos estudios técnicos
donde prevalecen, en muchas ocasiones, intereses privados contrarios al interés
social”. Con este delegado concordaban otros de dicha Comisión.
Al final se reformó al Banco especialmente en los siguientes puntos:
1.-Naturaleza jurídica. El art.371 de la CN, lo estructuró como Banca Central,
ratificó su naturaleza de entidad de derecho público, pero ampliando la autonomía
administrativa y técnica que de antes traía como ente descentralizado y pasó a tener
un incremento de la misma. Para ese efecto estaría regulado por un régimen legal
propio que se diseñó en la ley 31 de 1993 y el Decreto 2520 de 1993, lo que se ha
1 Escobar Ossa. Carlos. “ANC-ponencia-democratizar la economía”. Gaceta Constitucional No.50, abril 15/91.
pag.14.
2
denominado en el lenguaje de la organización estatal como “órgano autónomo”,
pero tiene un contrapeso que es la obligación de ejercerla teniendo en cuenta los
fines del estado y “en coordinación de la política económica general”. La Corte
Constitucional considerando el mal entendido del novedoso autonomismo que se
había confundido con independencia, ha tenido que intervenir en varias sentencias
para hacer precisión de esta delicada característica. En la C-481-99 produjo la
siguiente doctrina respecto a esa autonomía: “no significa ausencia de controles”,
ni se trata de una “independencia absoluta”, “ni puede ser entendida como si el
Constituyente lo hubiere exonerado de todo punto de contacto con el Estado y
concebido como una isla ubicada por fuera de los ámbitos constitucionales de
actuación de sus órganos y autoridades”
Y respecto a la coordinación con la política económica aclaró: “Esto quiere decir
que, si bien el encargo constitucional del Banco de la República de salvaguardar la
estabilidad monetaria no está supeditado a criterios y órdenes gubernamentales, las
estrategias y decisiones de la autoridad monetaria deben buscar ser consistentes
con las políticas fiscal, salarial y de empleo, a cargo del gobierno, a efectos de
mantener el equilibrio y dinamismo de la economía”.
2.-Competencias del Banco. Al precisar sus funciones de banca central la ANC
produce un notable avance sin que se haya logrado superar los choques frente a
las concepciones políticas de la Presidencia de la república y directivos del banco,
ejemplos de esos son los enfrentamientos de esta nueva banca en los gobiernos de
Álvaro Uribe Vélez y Gustavo Petro, con posiciones diferenciadas.
Competencia 2.1: -Regular la moneda. Un aspecto importante es limitar la
intervención del gobierno central en la emisión y control del circulante, función ésta
muy importante en el control de inflación y que además su ejercicio en el pasado ha
propiciado serios enfrentamientos entre la dirección del banco y el poder central.
Esta función puede convertirse en una herramienta política y propiciar desacuerdos.
Competencia 2.2.- Los cambios internacionales y el crédito. El crédito es actividad
muy importante en la productividad y desarrollo. La determinación de las tasas de
crédito incide en la disponibilidad de recursos para la inversión, todos los
presidentes requieren de más recursos de los presupuestados y presionan que el
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banco disponga de bajas en las tasas de interés para que el público acceda más
fácilmente a los créditos e impulsar el desarrollo en el sentido del interés público.
De otra parte, el nivel del cambio de divisas frente al pesos colombianos incide en
el comercio internacional y nuestros sectores exportador, importador, turístico y
otros donde el uso de moneda extranjera es común. Es indudable la importancia de
esta función. Competencia 2.3.- Ser prestamista de última instancia y banquero de
los establecimientos de crédito. Con esta función el Banco se convierte en el banco
de los bancos comerciales, no se debe olvidar que es el Estado convertido en banca
de apoyo financiero y regulador de sus actividades dentro del sistema, de igual
manera hace función control sin chocar con las funciones de la Superintendencia
Financiera que es otro organismo del estado que interviene en vigilancia y control.
Competencia 2.4.- Administrar las reservas internacionales. Las reservas
internacionales son los activos financieros que el país posee en forma de
moneda extranjera, oro, derechos especiales de giro (DEG) del Fondo
Monetario Internacional (FMI) y otros activos financieros líquidos. El principal
efecto es el garantista, requisito exigido por la banca multilateral en las operaciones
de crédito, y que en algunos países se consideran que son herramientas
intervencionistas en asuntos internos de sus deudores. adicionalmente deben
producir rentabilidad. En recientes declaraciones del Director del Banco2
se
informó al público que estas habían registrado 13.5 billones en utilidades producidas
por el manejo de dichas reservas las cuales forzosamente deben ser trasladadas al
gobierno. Competencia 2.5.- Servir como agente fiscal del gobierno. El Banco de la
República define esta función3
como el prestar apoyo al Gobierno en ciertas operaciones
económicas para el manejo de su liquidez, sus pagos y su portafolio financiero, tanto en
Colombia como en el exterior. En cumplimiento de esta función recibe fondos de la
Nación y de entidades públicas, como el dinero de los impuestos. Manejar
importantes cuentas del estado como Los fondos de Ahorro y estabilización (FAE),
Fondo para la Estabilización de la Cartera Hipotecaria (FRECH), Fondo de ahorro y
estabilización Petrolera (FAEP) que garantizan obligaciones internacionales. Así
2
Diario “La República”. Mzo 19.26.
3
Banco de la Republica. Minuta de publicación. Feb.4/26
4
mismo regular mercados cambiarios, en las operaciones de riesgos financieros y el
respaldo de la política fiscal.
3.-Estructura orgánica. La Junta Directiva del Banco integrada por siete (7)
miembros se estableció como la autoridad monetaria cambiaria y crediticia. El
Banco cuenta con un Director elegido por la Junta que preside el Minhacienda, pero
el movimiento de los cinco miembros es rotativo y alternativo. Esta norma se vio
violentada cuando se reformó la constitución para reestablecer la reelección
presidencial, caso en que por repetición de periodo el mismo presidente escogió a
todos los miembros. Siendo esto un asunto político y técnico.
4.-El ultimo desacuerdo: La determinación de la tasa de interés crediticia ha sido
una causa constante de enfrentamiento entre el actual presidente y la dirección del
Banco. A comienzos de feb/26, cuatro de los integrantes de la Junta del Banco
votaron la aprobación para establecer una tasa de interés del 10.25 %, con solo el
voto contrario del minhacienda y una opinión sobre tasa menor. La reacción del
despacho presidencial fue inmediata considerando que tal decisión disminuye el
crédito, frena la inversión y el crecimiento económico, que de continuar así puede
crecer el riesgo de recesión, lo cual entraña un alto costo político. En resumen, el
Banco explica así:4
“El grupo mayoritario que votó por incrementar en 100 pbs la tasa de
interés de política reconoce que esta es una decisión exigente para la economía, pero que es
indispensable para evitar un desanclaje persistente de la inflación con respecto a la meta y un
deterioro de la actividad económica en el mediano y largo plazo, así como para garantizar la
estabilidad macroeconómica en el país. De otra parte, el presidente manifiesta5
: “El sector
financiero tiene en los últimos años un crecimiento inusitado de ganancias derivado
del alza permanente de la tasa de interés real”.
Los colombianos quedamos en mitad del enfrentamiento y seguramente afectados.
Esperamos que los especialistas traduzcan el lenguaje utilizado por Banco y sus miembros
lleven más claridad a la comunidad ante la incertidumbre que ha planteado el director del
Banco y el lado opuesto. ———————————













